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POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

OBJETIVO

Reafirmar el compromiso de International Electric con el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) y la legislación aplicable en México.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Prevención e Identificación: Implementar mecanismos orientados a la prevención, detección y tratamiento de eventos de fraude y/o corrupción en la empresa.

2. Riesgos: Desarrollar mecanismos para la identificación y capacitación de los principales riesgos de fraude y/o corrupción que la empresa pudiera enfrentar.

3. Transparencia: Garantizar la capacitación y/o contratar a terceros expertos para que la empresa revele en sus estados financieros todo lo necesario para comprender y evaluar correctamente su situación financiera, asegurando la confiabilidad y verificabilidad de la información contable.

4. Legalidad: Mantener la confianza de los inversionistas al cumplir con disposiciones y normas que prohíben la comisión de conductas constitutivas de fraude y/o corrupción en la empresa.

DESCRIPCIÓN DE LA POLÍTICA

International Electric se compromete a dirigir su negocio en conformidad con las leyes, normas y regulaciones aplicables, así como con los estándares éticos más altos. Este compromiso se refleja en el Código de Ética y Conducta o Código de Buen Gobierno, la definición de la cultura de International Electric y la contratación de terceros expertos para validar el cumplimiento de estos estándares.

En las relaciones comerciales, International Electric se compromete a realizar negocios de manera ética y en pleno cumplimiento de todas las leyes y regulaciones aplicables. La empresa mantiene una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción por parte de cualquier Stakeholder de International Electric, con consecuencia inmediata de rescisión de la relación laboral o comercial, según sea el caso.

Para combatir el soborno y la corrupción, International Electric prohíbe el pago, oferta, promesa o entrega de cualquier objeto de valor a empresas, empleados o funcionarios públicos, así como a empresas u organizaciones controladas por el gobierno o un partido político, cuando se tiene conocimiento razonable de que se utiliza para obtener un beneficio indebido o influir indebidamente en acciones o decisiones.

Este compromiso se extiende a los Stakeholders, quienes deben implementar controles relacionados para sumarse al esfuerzo de International Electric.

Stakeholders de International Electric:

1. Cliente, asociado o distribuidor.
2. Fabricante, contratista o proveedor.

Además, Consejeros, accionistas y colaboradores de International Electric.

MECANISMOS PARA VALIDAR EL APEGO A LA POLÍTICA

1. Reporte de Falta Ética: Cualquier duda o inquietud relacionada con el cumplimiento de esta política debe dirigirse por correo electrónico al Buzón de Faltas Éticas a: soluciones@ie.com.mx con el concepto “Reportar una Falta Ética”.

2. Capacitación constante: Los colaboradores reciben capacitación continua para evitar solicitar directa o indirectamente que alguien actúe en violación de un deber legal, abusar de su posición o asegurar una ventaja inapropiada.

3. Vinculación con Stakeholders: Se establecen procesos de alta de proveedores y de selección y contratación de personal para verificar la información legal y personal conforme a las leyes aplicables.

4. Contratos por escrito: Se utiliza la formalización mediante contratos escritos que establecen los términos de la relación, compensación y la manifestación de apego a la presente política.

5. Procesos de alerta: Se mantienen procesos de alerta para situaciones sospechosas, suspendiendo o no iniciando relaciones comerciales en casos como recomendaciones por funcionarios gubernamentales, falta de información completa o ofertas inapropiadas.

DEFINICIONES

Corrupción: Mal uso del poder público para beneficio privado o mal uso de poder otorgado para beneficio privado.

Soborno: Oferta, promesa o pago de efectivo, regalos u otros incentivos a una persona de confianza para influenciar sus puntos de vista o conducta, o para obtener una ventaja indebida.

TIPOS DE SANCIONES

Las violaciones a esta política, así como al Código de Ética y Conducta o Código de Buen Gobierno, son calificadas por el Comité de Ética. Cualquier violación origina la terminación contractual, independientemente de la relación del Stakeholder con International Electric, manteniendo una postura de cero tolerancia.